Las modalidades vigentes para efectuar este tipo de compras, más allá del pago al contado, son las siguientes:• Realizar el pago mínimo de la tarjeta de crédito y refinanciar el resto con una tasa nominal anual (TNA) del 43% anual hasta $200.000. Superado dicho monto, las entidades financieras pueden aplicar una tasa diferencial, establecida en un 25% más de la tasa que ofrecen de créditos personales.• Tomar un préstamo personal bancario, cuyas tasas son de aproximadamente un 78% anual.
La medida adoptada por el BCRA a través de la Comunicación "
A" 7407, que entró en vigencia este viernes, limita el financiamiento en cuotas con tarjetas de crédito tanto en forma directa como a través de las agencias de viajes, plataformas web u otros intermediarios.
Las entidades financieras y no financieras emisoras de tarjetas de crédito no deberán financiar en cuotas las compras efectuadas mediante tarjetas de crédito de sus clientes –personas humanas y jurídicas– de pasajes al exterior y demás servicios turísticos en el exterior (tales como alojamiento, alquiler de auto, etc.), ya sea realizadas, en forma directa con el prestador del servicio o indirecta, a través de agencia de viajes y/o turismo, plataformas web u otros intermediarios", expresó el BCRA en Comunicación.




