Con la llegada del receso escolar de invierno, muchas familias aprovechan para salir de vacaciones y recorrer distintas rutas del país. Antes de emprender cualquier viaje, es clave revisar el auto y asegurarse de tener todos los elementos obligatorios que exige la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 para circular, entre ellos, el matafuegos en condiciones reglamentarias. Además de revisar los fluidos, las ruedas (incluida la de auxilio), las luces, y asegurarse de que toda la documentación esté vigente, es importante chequear el matafuegos obligatorio para evitar multas, un aspecto que muchas veces se pasa por alto.
Desde Georgia, empresa líder en soluciones integrales contra incendios, recuerdan que el matafuego automotor, apto para fuegos ABC, debe:Estar cargado y vigente, con garantía de 1 año para la carga y de 2 años para las partes mecánicas, y contar con sello de conformidad según norma IRAM 3523.
Estar correctamente sujeto al soporte vehicular, al alcance del conductor.
Tener una capacidad de 1 kilo y potencial extintor de 3 B, para autos y camionetas de hasta 1.500 kilogramos.
Según la legislación nacional, los matafuegos obligatorios deben fabricarse, mantenerse y su carga debe ser controlada en forma periódica conforme a lo establecido en las normas IRAM pertinentes o en las normas internacionales aplicables.
Circular sin matafuegos o con el dispositivo vencido o mal ubicado puede derivar en multas, retención del vehículo y, más importante aún, poner en riesgo tu seguridad y la de los demás. Un matafuegos vencido pierde su potencial extintor, es decir, su capacidad para apagar un fuego de manera eficaz, lo cual es fundamental para minimizar daños y proteger vidas.
¿Cuánto cuesta una multa por no llevar matafuegos en el auto?
